El Servicio Nacional
Integrado de
Administración
Tributaria (Seniat)
en un comunicado
notificó que el
arrendamiento de
inmuebles con fines
distintos al
residencial (locales
y oficinas) incluye
el cobro del
Impuesto al Valor
Agregado (IVA).
El organismo
tributario recordó
que desde el pasado
1 de febrero esos
inmuebles no cuentan
con la exoneración
del impuesto, "por
lo tanto, los
contribuyentes
tienen que cumplir
con esos deberes".
El pago del tributo
está previsto en el
decreto 5.770 y la
institución destaca
que el segmento de
contribuyentes que
está previsto en esa
disposición tienen
que notificar los
cambios ante la
institución. De
acuerdo con esa
normativa, aquellos
contribuyentes cuyas
operaciones superen
las 3.000 unidades
tributarias (138.000
bolívares fuertes)
tienen que pagar el
Impuesto al Valor
Agregado.
Según el Seniat, los
contribuyentes que
efectúen esas
actividades tienen
que realizar la
declaración mensual
del tributo y
cumplir con el resto
de las obligaciones
como las referidas a
libros, registros y
notificaciones.